Fundación Cultural Santa Teresa

Estatutos de la Fundación

Estatutos de la Fundación Cultural Santa Teresa

CAPÍTULO III
DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA FUNDACIÓN

Sección 4a - El Director-gerente

ARTÍCULO 14 - El Director-gerente

1. Es un órgano unipersonal nombrado por la Corporación Provincial a propuesta del Presidente.

2. El Puesto de Director-gerente será considerado cargo de confianza y se proveerá por sistema de libre designación, previa valoración de méritos personales y experiencia profesional.

3. Si la persona propuesta para el nombramiento fuese funcionario en activo de la Corporación Provincial pasaría a situación de servicios especiales.

4. El Director-gerente deberá reunir, obligatoriamente, alguno de los siguientes requisitos para su nombramiento:

a) Ser funcionario de carrera titulado superior.

b) Ser Profesional del sector privado, titulado superior y con más de 10 años de ejercicio profesional.

5. Al Director-gerente le corresponde la máxima dirección de la Fundación Santa Teresa, bajo la superior autoridad del Presidente y del Consejo Rector.

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