Las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, la función de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y las funciones de tesorería y contabilidad, todas ellas con el alcance y contenido que se señala al respecto en el Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, sobre Régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter nacional, modificado por el RD 834/2003, de 27 de junio, quedan reservadas y atribuidas a la Secretaría General, Intervención de fondos y Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Ávila, respectivamente, sin perjuicio de las oportunas delegaciones que puedan autorizarse.