De conformidad con lo establecido en el artículo 86.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, la Fundación Santa Teresa, podrá disponer de un patrimonio especial afecto a los fines de la institución, cuya titularidad última corresponderá a la Excma. Diputación Provincial de Ávila. Dicho patrimonio especial estará constituido, en principio, por:
- Bienes propiedad de la Fundación Santa Teresa
- Bienes adscritos a la Fundación Santa Teresa, para la atención de sus fines, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Ávila.
- Bienes provenientes de herencias, legados o donaciones, debiendo destinar sus frutos, rentas y productos a los objetivos y fines de la Fundación.
- Valores mobiliarios a nombre de la Fundación Santa Teresa.