CAPÍTULO VII
CONTROL DE EFICACIA Y RÉGIMEN DE TUTELA
ARTÍCULO 39 - Control de eficacia
La Fundación Santa Teresa, estará sometida a un control de eficacia por parte del Área de Gobierno en que queda adscrita. Dicho control tendrá por finalidad comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos y la adecuada utilización de los recursos asignados. El control de eficacia deberá ser conforme, en cualquier caso, con la legislación sobre las Haciendas Locales.